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España regula el teletrabajo

19.10.2020
España regula el teletrabajo


Acaba de entrar en vigor la nueva normativa sobre teletrabajo en España, aprobada el 22 de septiembre y consensuada con empresarios y sindicatos. Su implantación se vio acelerada por la pandemia de Covid 19, ya que antes no existía una normativa específica.

Es muy importante señalar que el texto del reglamento, que es el resultado de extensas negociaciones, no se aplica al trabajo a distancia utilizado como resultado de COVID-19, aparte de la cuestión de las medidas necesarias. Por tanto, las empresas están obligadas a proporcionar los medios, equipos y herramientas, así como su mantenimiento. Mientras tanto, se deja a la negociación colectiva, sin que se establezca ninguna obligación en este caso, si se deben compensar o no los costes y cómo. Es probable que se convierta en una historia interminable entre trabajadores y empresarios, ya que no es fácil cuantificar los costes reales. ADMINEX recomienda acordar una cuota mensual fija.

Para el teletrabajo no vinculado a Covid-19, la normativa establece la necesidad de un acuerdo con el empleado que vaya a trabajar a distancia más del 30% de la semana durante un periodo de tres meses. Y en este caso, el empresario tiene la obligación de sufragar los gastos del trabajador.

También estipula que el teletrabajo es voluntario y reversible tanto para el trabajador como para la empresa. Además, los derechos de quienes la realizan no se ven afectados en comparación con otros trabajadores. Por ejemplo, en relación con cuestiones como la remuneración, la estabilidad laboral, el tiempo de trabajo, la formación y la promoción profesional.
El Real Decreto-Ley también regula el derecho a la desconexión digital o a la protección de datos. Y en el caso del teletrabajo, la jornada laboral está pendiente de ser registrada.

ADMINEX quiere apoyar a sus clientes para que apliquen correctamente la normativa de teletrabajo en España.
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